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Ventajas y riesgos del crowdfunding para los emprendedores

Escrito por François-Eric Perquel el 11/06/2013 a las 20:38:55
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(CEO de Capacitis (iniciadora/incubadora de negocios fintech en Barcelona))

Las plataformas de crowdfunding están de moda y muchísimos proyectos están surgiendo en todo el mundo debido a la cantidad de dinero disponible para invertir en manos de particulares en un contexto de miedo a los bancos además de la baja rentabilidad de las inversiones tradicionales. Cuando se habla de crowdfunding, la gran mayoría de nosotros piensa en obtener una financiación fácil de numerosos inversores privados que, a su vez, arriesgan poco por la mínima cantidad de dinero invertido. Realmente, no es tan fácil… De hecho, en este caso estamos hablando de la posibilidad de colocar activos financieros no cotizados a inversores particulares sin supervisión financiera!

 

Lejos de la idea general, la financiación en capital vía el crowdfunding es minoritaria en las operaciones de este tipo y hay que diferenciar el equity/debt crowdfunding de las otras formas dominantes. Estas últimas son meras ofertas comerciales y/o solicitud de generosidad. En el caso general, en el que el financiador no recibe un activo financiero (acción o deuda), no existe una barrera jurídica difícil de franquear y los riesgos para el empresario son principalmente del orden comercial. El empresario debe tener muy en cuenta:

 

- La calidad de la plataforma de crowdfunding que va a utilizar: un tipo de financiación así requiere dedicar mucho tiempo y para poder llevar a cabo su proyecto necesita conseguir realmente la  financiación. Por esto, el empresario debe analizar con suma precaución la capacidad de la plataforma escogida para ayudarle a conseguir la financiación que se plantea.

 

- Su propia capacidad para generar el suficiente “buzz marketing” para atraer a los (micro) inversores a su oferta.  La mayor parte de este esfuerzo para generar un efecto de red es suyo, a pesar del apoyo que puede recibir de los operadores de estas plataformas.

 

- El único riesgo jurídico que puede existir en cualquier tipo crowdfunding es el de blanquear dinero si viene de instituciones opacas desde el extranjero.

 

Además del riesgo comercial, existen varios riesgos suplementarios si se intentan colocar acciones:

 

- El mayor de ellos es jurídico. Comunicando en abierto sobre una venta de acciones el empresario está haciendo, de facto, una oferta pública. Esta es la razón por la cual, en los EEUU, la SEC (equivalente de la CNMV en España) se está demorando tanto en publicar la normativa derivada de la ley JOBS firmada el año pasado por el presidente Obama.

 

- Otro riesgo que los emprendedores no suelen tener en cuenta es de naturaleza operativa. Una vez haya tenido éxito levantando dinero en una colocación de acciones (sorteando las dificultades comerciales y asumiendo el riesgo jurídico), el empresario tiene un nuevo reto crónico: gestionar una multitud de inversores.

 

Aun así, el desarrollo del equity crowdfunding es inevitable y necesario. A pesar de que estemos en sus inicios y que las reglas del juego tradicionales no se adapten a la nueva realidad, los actores económicos desean ponerlo en marcha, lo que lo hace inevitable. Veremos en pocos años una maduración y transformación del entorno jurídico de una parte, pero también de las prácticas de esta nueva actividad que tendrá que profesionalizarse. A pesar de los riesgos, el empresario que lo necesite debería buscar la manera de aprovecharse cautelosamente de estas nuevas oportunidades.

 

François-Eric Perquel

CEO de Capacitis (iniciadora/incubadora de negocios fintech en Barcelona)